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jueves, 10 de julio de 2008

Publicada la evaluación de Impacto Ambiental de la carretera entre Fresnedo y Fabero

El Boletín Oficial de Castilla y León ha sometido a información pública el proyecto de construcción de la carretera entre Fresnedo y Fabero, recogido en el Plan Regional de Carreteras. Tras la publicación en el BOCYL de esta jornada se abre un periodo para presentar alegaciones durante un mes.El trazado afecta a los términos municipales de Toreno, Berlanga y Fabero.

La Dirección General de Carreteras e Infraestructuras, con fecha 27 de mayo de 2008, resolvía aprobar provisionalmente el Proyecto de Referencia para la obra de cosntrucción de la carretera entreambas localidades, declarando que por su naturaleza y alcance cumple con lo previsto en el artículo 10 de la vigente Ley 2/1990, de 16 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Castilla y León.
Debido a las modificaciones de trazado que se incluyen en el Proyecto y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, el Proyecto se somete al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental. Conforme a este procedimiento el proyecto se somete a Información Pública, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Evaluación Impacto Ambiental de proyectos (texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero).

El tramo de carretera se encuentra ubicado en los términos municipales de Toreno, Berlanga del Bierzo y Fabero, en la provincia de León.
El proyecto de referencia se somete al trámite de información pública por un período de treinta (30) días hábiles, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Durante ese plazo, dicha documentación puede ser examinada en las oficinas del Servicio Territorial de Fomento en León, Avda. Peregrinos, s/n, en los Ayuntamientos de Toreno, Fresnedo y Fabero y en las dependencias de la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras (Valladolid, C/ Rigoberto Cortejoso, 14-3.ª planta), donde podrán presentarse las alegaciones, que deberán versar sobre las circunstancias contenidas en el Estudio de Impacto Ambiental.

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