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jueves, 16 de febrero de 2012

IU exhibe el BOP para afirmar que el PSOE mintió con la depuradora

Los concejales de IU emplazaron ayer a todos los vecinos y vecinas de Fabero a que consulten el último Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de León para constatar que lo que aprobó el Pleno del pasado noviembre acerca de la ordenanza fiscal de alcantarillado deja en mal lugar las acusaciones del PSOE. En particular, sostiene la coalición «del grupo demetristra». Lo que aparece recogido en el BOP son cuestiones técnicas sobre la aplicación de la ordenanza. Pero en ningún caso ninguna tasa por depuración. «Podrán comprobar en el citado boletín, que ni se fijó ni se trató ninguna tasa por depuración, ya que la citada tasa la fija la Mancomunidad Fabero-Vega, como bien sabe el grupo demetrista, ya que fueron ellos quienes crearon y aprobaron sus estatutos», contrapuso IU.

Desde esta perspetiva, para la coalición fueron los ediles del PSOE los que mintieron al hablar de que el pleno respaldase una subida de la tasa.

20 comentarios:

la sombra dijo...
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Giordano dijo...

Las actas de los plenos dan fe de lo que se debate y se acuerda en dichas sesiones por eso. Paso y a cortar y pegar lo que dijo Juan Carlos con respecto al punto tres del orden del día , del acta del pleno celebrado el día 24 de noviembre de 2001, en el que se discutió la modificación de la tasa de alcantarillado.
Tras la exposición de antecedentes, fundamentos jurídicos.

Por el Secretario se da lectura a la parte dispositiva del dictamen favorable de la Comisión Informativa Permanente de Hacienda, Promoción Económica y Social, Personal, Régimen Interior, Fomento y Medio Ambiente de 24 de noviembre de 2011.

Toma la palabra el portavoz del Grupo I.U., Sr. Alonso García, para manifestar que al parecer la razón de fondo de esta modificación de la Ordenanza se debe a la necesidad de trasladar a los vecinos los costes de la E.D.A.R. y si se estima pertinente la modificación por los servicios de Secretaría e Intervención del Ayuntamiento, él no tiene nada más que añadir.

Toma la palabra la portavoz del Grupo P.S.O.E., Sra. Martínez Ramón, para manifestar que su grupo votará en contra de la modificación de la Ordenanza, porque a su juicio supone una tasa encubierta por depuración, que es un 33% más cara para cada vecino de Fabero que la tasa por depuración de la E.D.A.R. del Bajo Bierzo; y la tasa ya ha sido impuesta sin informar a los Concejales del Ayuntamiento ni a los vecinos. Esta nueva tasa no contempla bonificación alguna a personas desfavorecidas o con pocos recursos, a pesar de ser una promesa que los partidos del equipo de gobierno llevaban en su programa electoral. Manifiesta también que el importe de la tasa por depuración se impuso en unas cantidades cuya justificación se desconoce.

Finalizadas las intervenciones, el Pleno del Ayuntamiento de Fabero, con el voto favorable de los tres Concejales del Grupo P.P., de los dos Concejales del Grupo MASS y de los dos Concejales del Grupo I.U., y el voto en contra de los seis Concejales del Grupo P.S.O.E., de los trece que componen la Corporación, acuerda:

1º.- Aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 6, reguladora de la Tasa de Alcantarillado.

Anónimo dijo...
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Anónimo dijo...
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Filippo dijo...

La continuación del Acta, delata el interés y la mentira de Giordano:
Continua el Acta diciendo:

Toma la palabra es Sr. Alcalde, para manifestar que esta modificación de la Ordenanza Fiscal de la tasa por alcantarillado no supone la imposición de ninguna tasa nueva, sino que se justifica únicamente por la necesidad de rectificar los errores apreciados en el hecho imponible de una tasa ya existente, por lo que únicamente se corrige la redacción de dos artículos que contemplaban el servicio de depuración, que no se realizaba. Este servicio de depuración exige la imposición de una tasa para cubrir su coste y se deberá crear.
Interviene nuevamente la portavoz del Grupo P.S.O.E., para manifestar que la tasa ya se ha creado, puesto que ha salido publicada en el Boletín Oficial de la Provincia.

Filippo dijo...

Si reconoce la portavoz del Grupo P.S.O.E., que la tasa ya se ha creado, puesto que ha salido publicada en el Boletín Oficial de la Provincia.

la sombra dijo...
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Giordano dijo...

Repito que las actas de los plenos dan fe de lo que se debate y se acuerda en dichas sesiones. Yo no he cortado y copiado todo el acta, me he limitado a pegar la intervención del portavoz de IU en la que dice que:
Toma la palabra el portavoz del Grupo I.U., Sr. Alonso García, para manifestar que al parecer la razón de fondo de esta modificación de la Ordenanza se debe a la necesidad de trasladar a los vecinos los costes de la E.D.A.R. y si se estima pertinente la modificación por los servicios de Secretaría e Intervención del Ayuntamiento, él no tiene nada más que añadir.

Y esa acta no rectificada por Juan Carlos.
No veo que yo haya añadido nada de mi cosecha. Luego no se donde se basan algunos para decir que miento.

En cuanto a la tasa que ya estaba aprobada cuando en noviembre cuando se celebro el pleno en cuestión. Ya hemos hablado largo y tendido sobre la misma. Pero no me cuesta nada repetir que la misma fue aprobada en la Asamblea de concejales de la Mancomunidad de la que forman parte
por el Ayuntamiento de Fabero, el portavoz del MASS y Primer teniente alcalde de Fabero y José Manuel Digón Rodríguez, concejal por el PP y segundo teniente alcalde. Por cierto, el señor Digón el día que se aprobó la tasa. no asistió a la Asamblea de Concejales.

Corto y pego la parte del acta en la que se procede a dicha aprobación:

De conformidad con lo expuesto, tras breves deliberaciones, la Asamblea de Concejales, por unanimidad de los tres vocales presentes, de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO.- Imponer la tasa por la prestación del servicio de tratamiento y depuración de aguas residuales de la Mancomunidad Fabero-Vega de Espinareda.
SEGUNDO.- Aprobar inicialmente la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por el servicio de tratamiento y depuración de aguas residuales de la Mancomunidad Fabero-Vega de Espinareda, según la propuesta del Presidente, que ha quedado transcrita.
TERCERO.- Exponer al público el acuerdo de aprobación inicial de la Ordenanza Fiscal citada en el apartado anterior, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que durante el plazo de 30 días hábiles, los interesados puedan presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen procedentes. En caso de que no se presente ninguna reclamación o sugerencia se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo hasta entonces provisional (art. 17.1 y 3. del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).
CUARTO.- Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia el texto íntegro de la Ordenanza, una vez aprobada definitivamente (art. 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

la sombra dijo...
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Giordano dijo...

No pretendas confundir con tu obscurantismo.

Mal puedes intentar achacarme que lo que no he escrito.
Para tu información no es Boletín Oficial del Estado, es Boletín Oficial de la Provincia.
Y yo no hecho en ningun momento mención alguna a lo publicado en el BOP, si no a lo que refleja el acta del pleno en que se aprobó la ordenanza, sobre la intervención del portavoz de IU que gustosamente te repito de nuevo a ver si así te enteras.

Toma la palabra el Sr. Alonso García, para manifestar que al parecer la razón de fondo de esta modificación de la Ordenanza se debe a la necesidad de trasladar a los vecinos los costes de la E.D.A.R. y si se estima pertinente la modificación por los servicios de Secretaría e Intervención del Ayuntamiento, él no tiene nada más que añadir.

la sombra dijo...
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Anónimo dijo...
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Anónimo dijo...
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Giordano dijo...

Linares te repito que ya he leido el BOP y no tengo nada que objetar a publicación. Lo que no quita que haya pegado la intervención del portavoz de IU cuando se dabatió en pleno dicho punto, que gustosamente te repito de nuevo a ver si así te enteras.

Toma la palabra el Sr. Alonso García, para manifestar que al parecer la razón de fondo de esta modificación de la Ordenanza se debe a la necesidad de trasladar a los vecinos los costes de la E.D.A.R. y si se estima pertinente la modificación por los servicios de Secretaría e Intervención del Ayuntamiento, él no tiene nada más que añadir.

la sombra dijo...
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Anónimo dijo...
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Giordano dijo...

Repito que las actas de los plenos dan fe de lo que se debate y se acuerda en dichas sesiones. Yo no he cortado y copiado todo el acta, me he limitado a pegar la intervención del portavoz de IU en la que dice que:

Toma la palabra el portavoz del Grupo I.U., Sr. Alonso García, para manifestar que al parecer la razón de fondo de esta modificación de la Ordenanza se debe a la necesidad de trasladar a los vecinos los costes de la E.D.A.R. y si se estima pertinente la modificación por los servicios de Secretaría e Intervención del Ayuntamiento, él no tiene nada más que añadir.

En cuanto a la tasa que ya estaba aprobada cuando en noviembre cuando se celebro el pleno en cuestión. Ya hemos hablado largo y tendido sobre la misma. Pero no me cuesta nada repetir que la misma fue aprobada en la Asamblea de concejales de la Mancomunidad de la que forman parte
por el Ayuntamiento de Fabero, el portavoz del MASS y Primer teniente alcalde de Fabero y José Manuel Digón Rodríguez, concejal por el PP y segundo teniente alcalde. Por cierto, el señor Digón el día que se aprobó la tasa. no asistió a la Asamblea de Concejales.

Pego la parte del acta en la que se procede a dicha aprobación:

De conformidad con lo expuesto, tras breves deliberaciones, la Asamblea de Concejales, por unanimidad de los tres vocales presentes, de los cuatro que la componen, acuerda:

PRIMERO.- Imponer la tasa por la prestación del servicio de tratamiento y depuración de aguas residuales de la Mancomunidad Fabero-Vega de Espinareda.
SEGUNDO.- Aprobar inicialmente la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por el servicio de tratamiento y depuración de aguas residuales de la Mancomunidad Fabero-Vega de Espinareda, según la propuesta del Presidente, que ha quedado transcrita.
TERCERO.- Exponer al público el acuerdo de aprobación inicial de la Ordenanza Fiscal citada en el apartado anterior, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que durante el plazo de 30 días hábiles, los interesados puedan presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen procedentes. En caso de que no se presente ninguna reclamación o sugerencia se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo hasta entonces provisional (art. 17.1 y 3. del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).
CUARTO.- Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia el texto íntegro de la Ordenanza, una vez aprobada definitivamente (art. 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

Por lo que , como está establecido las alegaciones a la tasa de depuración de aguas se puso ante LA MANCOMUNIDAD FABERO - VEGA DE ESPINAREDA.

la sombra dijo...
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JuanPerez dijo...

El pobre infartado de giordano alias Otegui anda que si se muerde la lengua se envenena menuda panda trolas estan hechos estos sociatas les jode cosa mala perder tanto dinerin fresco cada mes para gastarlo en chalets y presumir.

Giordano dijo...

Tropa en sentido despectivo en que la utilizais, sois los que aquí día tras día y se trate el tema que se trate, una y otra vez intentáis desviar el tema con insultos e improperios.